Gesal Díez Avilés

¿Qué contrato podemos firmar con monitores que imparten clases sin que sea laboral o de voluntariado?

Resultado de imagen de voluntarios de una asociacion

PREGUNTAS Y SUS CORRESPONDIENTES RESPUESTAS DE TEMAS FISCALES, CONTABLES, LABORALES, JURÍDICOS Y ADMINISTRATIVOS DE LAS ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO

PREGUNTA: Somos una asociación sin ánimo de lucro. Quisiéramos saber que tipo de contrato o acuerdo podemos firmar con los monitores que imparten clases, sin que sea un contrato laboral propiamente dicho o un contrato de voluntariado.
RESPUESTA: Un contrato de prestación de servicios, en cuyo caso el monitor debería estar dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.
Lógicamente esta es una posibilidad y la otra sería que la propia Asociación contratara a dicho monitor dándole de alta en el régimen general como trabajador por cuenta ajena.

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