Gesal Díez Avilés

PONENCIAS PARA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO (ASOCIACIONES) EN EXTREMADURA

SEMINARIOS PARA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO (ASOCIACIONES)

GE.S.A.L. DÍEZ AVILÉS ya lleva 7 meses desde el 17 de mayor de 2016, fecha en la que hicimos nuestra primera ponencia o seminario para las ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO o también llamadas ASOCIACIONES.

Somos una Asesoría especializada en estas entidades, con más de 20 años de experiencia trabajando en las mismas en todos sus aspectos fiscales, contables, laborales y administrativos.

Ya llevamos desde que iniciamos 12 PONENCIAS y, muy pronto realizaremos la duodécima.

Queremos desde aquí hacer un llamamiento a las ASOCIACIONES a los AYUNTAMIENTOS y a cualquier ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, para que se pongan en contacto con nosotros e informarles de las OBLIGACIONES FISCALES, CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS, para las ASOCIACIONES, sobre todo si realizan actividades económicas (son todos aquellos cobros de dinero, no siendo lo mismo que ingresos, de cualquier actividad que no sea de cobros de SUBVENCIONES, DONATIVOS O CUOTAS DE ASOCIADOS.

Desde finales del año 2014, hay obligatoriedad de darse de alta en el IAE (actividades económicas), IVA (Impuesto sobre el valor añadido), e IS (Impuesto sobre sociedades) a todas aquellas ASOCIACIONES, que realicen actividades económicas siempre con algunas excepciones:

  1. Que los cobros totales no superen los 75.000€ (Lógicamente la inmensa mayoría de ASOCIACIONES no supera dichas cantidades entre los cobros exentos y no exentos siendo los exentos los mencionados anteriormente es decir SUBVENCIONES, DONATIVOS Y CUOTAS DE ASOCIADOS y los no exentos el resto (LOTERÍA, CONFERENCIAS, CURSOS, BAR, MERCHANDAISING, PUBLICIDAD, ETC)
  2. Que los cobros no exentos no superen los 2.000€ anuales ( Esto también lo cumplen bastantes ASOCIACIONES, pero volvemos a decir nos referimos en este punto únicamente a los cobros no exentos y que sumen entre todas las actividades no exentas dicha cantidad.)
  3. Que todas las rentas no exentas estén sujetas a retención. (Este punto no lo cumple casi ninguna ASOCIACIÓN, ya que la inmensa mayoría de las mismas tienen algún tipo de renta no exenta aunque sea una mínima cantidad y además tiene que estar sometida a retención. Casi ninguna renta está sometida a la misma, solo algunos alquileres, ingresos financieros, cursos y poco más)

Por lo tanto volvemos a decir que para que las ASOCIACIONES estén exentas de darse de alta en los impuestos mencionados anteriormente tiene que ser únicamente si cumplen las 3 EXCEPCIONES mencionadas. No vale con que cumplan 1 o 2 de las mismas. Tienen que cumplir las 3 conjuntamente.

Estamos en C/Magacela, 1 – Bajo 2, esquina con C/Alonso Muñoz, en Villanueva de la Serena, (Badajoz).

Tfno: 644 37 03 59 / 924 11 25 47 / 647 50 77 54

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PONTE EN CONTACTO CON NOSOTROS PARA REALIZAR UNA PONENCIA O SEMINARIO EN CUALQUIER MUNICIPIO O ENTIDAD LOCAL MENOR QUE NOS DIGÁIS. ESTAMOS ENCANTADOS DE ATENDEROS Y QUE ENTIENDAN PERFECTAMENTE TODAS LAS ASOCIACIONES SOBRE SUS OBLIGACIONES FISCALES Y CONTABLES.

TAMBIÉN OS PODEMOS HACER VIDEOCONFERENCIAS VIRTUALES CON LAS MISMAS EXPLICACIONES QUE LAS DE UNA PONENCIA, SOBRE TODO POR SI SOIS DE FUERA DE EXTREMADURA, AUNQUE TAMBIÉN PODEMOS IR.

Aquí os dejamos todos los seminarios que hemos realizado desde que empezamos.