Gesal Díez Avilés

Gastos que sí puedes deducir sin factura

Gastos que sí puedes deducir sin factura
Existen partidas que pueden considerarse gastos deducibles, a pesar de que únicamente se tengan de ellas tickets o comprobantes.

Los autónomos cuentan con la ventaja de poder deducir de sus declaraciones a Hacienda el porcentaje correspondiente a gastos relacionados con su actividad. Existen partidas que pueden considerarse gastos deducibles, a pesar de que únicamente se tengan de ellas tickets o comprobantes. Es decir, aunque no se tenga factura.

La primera de ellas es la relativa a los seguros. De hecho, cualquier tipo de póliza que contratada que esté directamente relacionada con la actividad del autónomo es deducible. Para ello, solo se necesita el cargo bancario para justificarlo ante Hacienda.
Del mismo modo, también es deducible el pago de las nóminas de los empleados. Para poderlo justificar, no obstante, se tienen que aportar las copias de las nóminas firmadas por el trabajador o la transferencia bancaria que justifique este pago.

En la misma línea se encuentra la cuota de autónomo. Así, para deducirla es importante aportar los justificantes bancarios de los cargos en la cuenta correspondiente.
En lo que respecta a los gastos financieros, como las comisiones por el mantenimiento de tarjeta, o la retirada o transferencia de dinero, al igual que los intereses de préstamos, estos pueden deducirse si se aporta el correspondiente extracto del cargo que se ha hecho en la cuenta bancaria.
Por su parte, los gastos en el extranjero que sean necesarios para desempeñar la actividad del autónomo también pueden incluirse como gasto. Así, en lugar de factura es muy posible que se un recibo, de forma que este documento se constituya como el comprobante que se debe conservar.

Por último, también se debe tener en cuenta que algunos contratos mercantiles funcionan como los justificantes que sustituyen a las facturas para constatar gastos. Es el caso de los traspasos o fianzas de alquiler. Es por ello que, además, se deberá adjuntar los cargos bancarios para hacer constar la cifra.

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