Gesal Díez Avilés

El IVA, el impuesto que más revisiones presenta.

El IVA el impuesto que más se revisa
Recibir una notificación de Hacienda comunicando el inicio de un procedimiento de comprobación limitada es algo que causa gran preocupación a cualquier empresa. Un procedimiento de revisión no es lo mismo que una inspección. Los procedimientos de revisión parten de la unidad de gestión y suelen limitarse a comprobar los libros-registro de facturas para saber si lo que está contabilizado concuerda con los datos presentados en un determinado modelo. A veces estas revisiones son aleatorias. Pero también pueden partir del cruce de datos entre modelos.
Uno de los modelos que suele ser objeto de revisión con más frecuencia es el IVA. Las bases y cuotas declaradas en el modelo resumen 390 deben coincidir exactamente con la suma de lo presentado trimestralmente en el modelo 303. De lo contrario, tenemos la comprobación asegurada. En la actualidad los programas informáticos generan estos modelos, por lo que lo normal es que no haya diferencias. Pero no está de más comprobarlo.
La comprobación del IVA suele hacerse por ejercicios completos, aunque pueden pedir un trimestre solo. La administración pide normalmente los libros-registro que contienen las anotaciones de las facturas agrupadas por trimestres. Las anotaciones van por orden de fecha y de registro, sumando los totales al final de cada periodo. Si piden también las facturas, éstas irán ordenadas del mismo modo en que están registradas y con un número correlativo de anotación.
Una diferencia en uno de los trimestres, puede provocar efectos en los siguientes. Os ponemos un ejemplo!
Imaginemos que en el 2T de 2015 nuestro modelo arroja una cantidad a compensar que se ha arrastrado al siguiente. Si en el 3T hemos pagado, habremos ingresado de menos, al compensar en el anterior una cantidad excesiva. La corrección puede afectar incluso al ejercicio siguiente.
Las comprobaciones pueden partir también de un cruce de datos entre modelos, algo que puede causarnos graves problemas. Si el importe del total facturado en el modelo 390 no coincide con lo declarado en el Impuesto sobre Sociedades como cifra de negocio, algo falla. Es cierto que puede haber diferencias porque tengamos ingresos sin IVA, pero, de no ser así, la cantidad debería ser la misma.
Así que…ojo! porque el cruce de modelos puede darnos más problemas que la revisión de un solo impuesto. Sobre todo cuando se trata de uno tan complejo como el de Sociedades, cuyo resultado puede incidir también de unos ejercicios a otros.
Recordad que aún estamos en plazo para presentar Sociedades. Tengamos, pues la precaución de verificar que los datos concuerdan con el contenido del 390. ¡Evita problemas!

anfix.tv
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