El calendario fiscal del mes de agosto ofrece un respiro a los autónomos y PYMES, puesto que no presenta apenas obligaciones para estos colectivos. Después de la avalancha de impuestos soportada en julio, las entidades se toman un respiro y unas merecidas vacaciones. No obstante, existen ciertas obligaciones que vencen este mes y conviene repasarlas.

Hasta el 1 de agosto
– NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL
Segundo trimestre 2016. Cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito: 195
– IMPUESTO SOBRE DEPÓSITOS EN LAS ENTIDADES DE CRÉDITO
Autoliquidación 2015: 411
Pago a cuenta. Autoliquidación 2016: 410

 

Hasta el 22 de agosto
SOLO PARA GRANDES EMPRESAS:
– RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Julio 2016. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230
– IVA
Julio 2016. Autoliquidación: 303
Julio 2016. Grupo de entidades, modelo individual: 322
Julio 2016. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro IVA e IGIC y otras operaciones: 340
Julio 2016. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
Julio 2016. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
– IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
Mayo 2016. Modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558
Mayo 2016. Modelos: 561, 562, 563
Julio 2016: Modelos: 548, 566, 581
Julio 2016: Modelos: 570, 580

Segundo trimestre 2016. Excepto grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
Segundo trimestre 2016. Excepto grandes empresas: 561, 562, 563
Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510

– IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD
Julio 2016. Grandes empresas: 560

Hasta el 31 de agosto
Se podrán presentar los modelos 349 del IVA y 430 del Impuesto sobre las Primas de Seguros, cuyo plazo de presentación concluye el 20 de septiembre.